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Acreditan malos tratos y discriminación de jefa regional del INDH

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Tarcila Piña fue denunciada por funcionarios de la sede regional por presunto acoso laboral y faltas a la probidad.

Una investigación disciplinaria al interior del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), sede Coquimbo, involucra directamente a su jefa regional, Tarcila Piña.

Funcionarios de la sede regional denunciaron a su jefatura por hechos que podían constituir acoso laboral y faltas a la probidad.

El fiscal, Sebastián Cabezas, formuló 10 cargos y tras revisar testimonios junto con otros antecedentes, estableció que existían 5 hechos acreditados.

Entre los antecedentes aparecen 30 ocasiones de ausencia individualizadas en la formulación de cargos y 42 jornadas completas señaladas posteriormente en el expediente.

También se acreditaron conductas relacionadas con gritos, expresiones ofensivas y formas inadecuadas de trato hacia funcionarios, incluyendo el uso del término “gordita licenciosa” respecto de una trabajadora.

La investigación además abordó comentarios sobre la vida sexual y privada de funcionarios, estableciéndose algunos de estos hechos como acreditados.

Uno de los antecedentes más sensibles corresponde al trato hacia usuarios venezolanos.

La investigación estableció el uso de la expresión “venekos” para referirse a personas venezolanas que esperaban atención en la sede. La propia resolución de la Dirección Nacional señala que se trata de una expresión despectiva y discriminatoria, incompatible con un enfoque de derechos humanos y constitutiva de una transgresión al principio de probidad.

Pese a los hechos acreditados, Tarcila Piña no fue removida de su cargo y la institución, encabezada por Yerko Ljubetic, aplicó una multa equivalente al 25% de su remuneración diaria, calculada en aproximadamente $54 mil pesos.

Además, se ordenaron medidas de acompañamiento e intervención para abordar el clima laboral de la sede.

El expediente también registra que seis funcionarios fueron calificados por la ACHS con enfermedades profesionales, apareciendo en varias resoluciones como factores de riesgo la “hostilidad de jefatura” y “disfuncionalidad de jefatura”.

Tras meses de investigación, declaraciones y revisión de antecedentes, el proceso terminó con cinco cargos sin acreditar, hechos acreditados en otros cinco y una multa de aproximadamente $54 mil para la jefa regional Tarcila Piña, quien permaneció en su cargo.

La resolución fue firmada el pasado 14 de agosto por el director nacional del INDH, Yerko Ljubetic.

Daniela Aceituno Silva, presidenta de la Asociación Nacional de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos declaró: «Tomamos conocimiento de esta decisión a través de información publicada en un diario de circulación regional y esperamos que, una vez concluido definitivamente el proceso, la Dirección reconsidere su decisión actual. La Ley Karin reforzó el deber de prevenir y sancionar el acoso y la violencia laboral, incorporándolos entre las conductas que contravienen especialmente la probidad administrativa y contemplando la destitución como sanción aplicable.

En este contexto, sería una señal profundamente equivocada para quienes trabajamos en el INDH y para la ciudadanía que recurre a él que, una vez acreditados institucionalmente hechos de violencia laboral ejercidos por una jefatura hacia parte mayoritaria de su equipo, se resolviera mantenerla en su cargo. Ello debilita la confianza de las y los funcionarios, desincentiva a quienes denuncian y puede transmitir una señal de impunidad frente a la violencia laboral. En una institución de derechos humanos, la coherencia entre lo que se exige a la sociedad y lo que se practica internamente no es opcional: es un deber institucional». finalizó

Comunicado.

Desde la Asociación Nacional de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos del INDH (ANDEDH) manifestamos nuestra profunda preocupación y rechazo ante la eventual decisión de mantener en su cargo a la jefatura regional de Coquimbo, luego de un proceso investigativo en el que, según antecedentes publicados en medios de prensa, se habrían acreditado diversas conductas de violencia y malos tratos.


Esta decisión no es un asunto meramente administrativo. La forma en que una institución responde frente a hechos de violencia laboral entrega una señal concreta a quienes denuncian, a quienes han sido afectados/as y al conjunto de las y los funcionarios. No podemos pedir confianza a quienes denuncian si, después de largos procesos de investigación, la respuesta institucional no resulta coherente con la gravedad de las conductas acreditadas.


Nuestra preocupación es aún mayor porque, según los antecedentes publicados, también se habrían registrado expresiones discriminatorias y descalificadoras hacia personas usuarias y consultantes del Instituto. Esto trasciende la convivencia laboral y compromete directamente la legitimidad y credibilidad del INDH ante la ciudadanía, especialmente en un contexto en que su institucionalidad se encuentra siendo objeto de debate y escrutinio.


Una jefatura del INDH no sólo tiene responsabilidades respecto de su equipo: representa al Instituto ante las personas que recurren a él buscando orientación, protección y defensa de sus derechos. Por ello, conductas discriminatorias o denigrantes hacia usuarios/as resultan incompatibles con la misión institucional y con los principios que deben orientar su política de atención ciudadana.


La Ley Karin reforzó el deber de prevenir y sancionar el acoso y la violencia laboral. Su implementación no puede reducirse a tramitar denuncias: debe traducirse en prevención efectiva, protección de quienes denuncian y decisiones institucionales coherentes cuando los hechos son acreditados. De lo contrario, se debilita la confianza, se desincentiva la denuncia y se transmite una señal equivocada respecto de los límites frente a la violencia laboral, tanto para trabajadores y en especial a las jefaturas.


Por ello, hemos resuelto pausar nuestra participación en la Mesa de Personas y Relaciones Laborales y en las instancias de diálogo y trabajo conjunto con la Dirección Nacional, mientras no exista una explicación institucional suficiente y una reconsideración de la decisión adoptada.


Esta determinación no significa abandonar el diálogo. Es una interpelación para que el diálogo esté acompañado de transparencia, responsabilidad, rendición de cuentas y coherencia institucional.


Expresamos nuestra solidaridad con las y los trabajadores afectados y con todas las personas que, enfrentando situaciones de violencia o malos tratos, deciden ejercer su derecho a denunciar.


El INDH no puede exigir a la sociedad respeto irrestricto por la dignidad humana y, al mismo tiempo, tolerar prácticas que contradigan ese principio al interior de la institución o en la atención de quienes recurren a ella.


En un contexto de reforma institucional, la legitimidad del INDH también se juega en su capacidad de ser coherente con los derechos que está llamado a defender. La coherencia entre su mandato de derechos humanos, la protección de sus funcionarios/as y el trato digno a la ciudadanía no es opcional: es un deber institucional.
ANDEDH
Asociación Nacional de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos del INDH